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año:2007
 
institución:MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 2 R-DCA-553-2007 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del cuatro de diciembre del dos mil siete.---------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Concreto Orosí, S.A., contra del cartel de la licitación pública N° 2007LN-000010-PROV, promovida por la Municipalidad de San José para la demolición y construcción losas cortas de concreto de alta resistencia.----------------------------------- I.- POR CUANTO: El 20 de noviembre de 2007, la empresa Concreto Orosí, S.A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de este concurso, cuyo aviso fue publicado en La Gaceta N° 211 del 2 de noviembre de 2007 y con fecha para la recepción de ofertas para el 5 de diciembre de este mismo año.---------------------------------------------------------------------------------------------------- II.- POR CUANTO: Mediante auto de las 13:00 hrs. del 21 de noviembre de 2007, se confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito, de manera amplia y bien fundamentada, a los argumentos de la recurrente y para que remitiera el cartel de licitación y sus modificaciones, o una copia fiel y completa. Lo anterior fue atendido por la Administración mediante oficio No. RMS-1505 del 23 de noviembre de 2007, recibido en este Despacho el 26 de noviembre del año en curso.--------------------------------------------------------------- III.- SOBRE EL FONDO: 1) Admisibilidad del recurso: Alega la objetante que el aviso de invitación de esta licitación pública se realizó en La Gaceta del 2 de noviembre de 2007, pero el texto del cartel no estuvo disponible para los potenciales oferentes hasta el 13 de noviembre del 2007, extremo que lo fundamenta con la prueba que adjunta al presente recurso de objeción, oficio RMS of.-1381 de 15 de noviembre del 2007. Expone, que si bien es cierto que el artículo 170 del Reglamento a la Ley de Contratación Administr ...
Fecha publicación: 08/12/2007
Fecha emisión: 03/12/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area de servicios municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Lic. José L. Guzmán J. -2- 15 de noviembre, 2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 13479 15 de noviembre, 2007 FOE-SM-2040 Licenciado José Luis Guzmán Jiménez Auditor Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Apartado 5102-1000 San José Estimado señor: Asunto: Se atiende solicitud en punto a que el órgano contralor se refiera a los aspectos indicados en el oficio No. AI-1123-06 con el que la Auditoría de San José planteó recurso de revocatoria y apelación al acuerdo municipal que le dispuso presentar denuncias penales contra miembros de la Comisión de Festejos 2005-2006. Se atiende el oficio No. AI-918-07 que ingresó a este Despacho el 1° de noviembre del año en curso, complementado con información (oficio 1986-SM del 17 de octubre de 2007) recibida vía correo electrónico el 12 del mismo mes, mediante el que solicita al órgano contralor que se refiera a los aspectos indicados en el oficio No. AI-1123-06 con el que la Auditoría de San José planteó recurso de revocatoria y apelación contra el acuerdo municipal No. 14, artículo IV de la sesión ordinaria No. 34 del Concejo Municipal de San José, celebrada el 12 de diciembre de 2006 en el que se le dispuso presentar denuncias penales contra miembros de Comisión de Festejos 2005-2006. Indica que mediante el acuerdo 15, artículo V de la sesión ordinaria No. 77 del 16 de octubre de 2007, se rechazó el recurso planteado por la “forma” al carecer el recurrente de legitimación, sin que se entrara a conocer el fondo. En primer término, hay que indicar que el oficio No. AI-1123-06 está dirigido al Concejo Municipal y en él se plantean hechos de una forma muy particular para recurrir (recurso de revocatoria con apelación) el acuerdo municipal citado; se manifiesta que el acuerdo parte de una premisa equivocada, se indica lo que debe hacer el Concejo, se pres ...
Fecha publicación: 15/11/2007
Fecha emisión: 15/11/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


PAGE 18 R-DCA-481-2007 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil siete.----------- Recursos de apelación interpuestos por Autocamiones de Costa Rica, AUTO-CORI, S.A. y Consorcio Metec S.A. Auto Star S.A. y Tecnocamiones S.A. en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública N°2006LN-000010-PROV, promovida por la Municipalidad de San José, para la adquisición de siete camiones recolectores de desechos sólidos, recaída a favor del Consorcio Cerma S.A.- Eurobús S.A. por un monto de USD $1.120.000,00 (Un millón ciento veinte mil dólares).---------------------------------------------------- RESULTANDO I.- Las empresas Autocamiones de Costa Rica, AUTO-CORI, S.A. y Consorcio Metec S.A. Auto Star S.A. y Tecnocamiones S.A., presentaron recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación, indicando, entre otras cosas, lo siguiente: En el caso de Auto-Cori S.A., señala que el adjudicatario no presentó las tres copias iguales al original, y que el camión que ofreció, según documento que se adjuntaba a la copia que le fue suministrada, no cumplía con el cartel. Esto está relacionado al posible mal manejo del expediente, o al menos un cuido sin esmero, y que implicaría que eventualmente en la oferta original pudiera haberse dado un cambio. Señala también que hay un problema serio en relación con las certificaciones del fabricante, por ejemplo: en la certificación de distribución de pesos, la firma es escaneada, y el cartel no permitía expresamente tal cosa, firma de Fernando Garrafa representante de SCANIA. En cuanto a la certificación de las partes recomendadas para los doce meses de operación, el documento no está consularizado y se metió en medio de otros que sí lo están. En relación con esto mismo, y ante explicación que pide la Administración, explican que el señor Shuon Pedro Madden, representante de HEIL, es estadounidense y ...
Fecha publicación: 03/11/2007
Fecha emisión: 26/10/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


PAGE 3 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al Oficio No. 12437 16 de octubre, 2007 DCA-3497 Ingeniero Johnny Araya Monge Alcalde Municipalidad de San José Apartado postal 5102-1000 San José Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formula por la Municipalidad de San José mediante oficio No. 7085, referida al destino, uso y procedimiento para disponer de garantías de participación y de cumplimiento que no hayan sido retiradas por sus propietarios. Damos respuesta a su oficio oficio No. 7085, recibido en esta Contraloría General el día 22 de agosto pasado. I.- Motivo de la consulta: De acuerdo con los términos del oficio, esa Municipalidad solicita que se le informe cuál es el tratamiento legal que debe dársele a garantías de cumplimiento y participación vencidas, que se mantienen en custodia en la Tesorería Municipal. Se cuestiona si debe notificársele a los interesados respecto al retiro de estos valores; si luego de un plazo de cinco días posterior a la notificación y sin que se haya hecho efectivo el retiro, es posible proceder a la destrucción de estos documentos, o si procede incorporar dichos dineros al patrimonio institucional. El criterio legal interno, señala que existe un vacío normativo en cuanto al procedimiento y destino que debe darse a las garantías de participación y cumplimiento vencidas. Hace la diferencia, según se trate de dinero en efectivo o en cambio, certificados de depósito a plazo no prescritos. Sostiene que en el caso de certificados ya prescritos, una solución podría ser la destrucción de los documentos, una vez realizada la prevención para el retiro y dejando las constancias respectivas. Asimismo, indica que no se encuentra norma alguna que autorice la posibilidad de integrar el dinero en efectivo al patrimonio institucional. II.- Criterio de la División: La Ley de Contratación Administrativa y su nuevo Reglamento establecen básicamente dos tipos de gar ...
Fecha publicación: 25/10/2007
Fecha emisión: 17/10/2007
Documento: 12437-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Devolución de garantías


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA Área de Servicios Municipales Lic. José Luis Guzmán J -2- 14 de setiembre, 2007 Al contestar refiérase al oficio N° 10722 14 de setiembre, 2007 FOE-SM-1633 Licenciado José Luis Guzmán Jiménez Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ San José Estimado señor: Asunto: Solicita indicar si el artículo 13 del “Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades, ...” se contrapone a lo dispuesto en el numeral 100 del Código Municipal. Se atiende el oficio No. AI-696-07 mediante el cual solicita indicar si el artículo 13 del “Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades, ...”, se contrapone a lo dispuesto en el numeral 100 del Código Municipal, en particular considerando el acuerdo No. 7, artículo IV, de la sesión ordinaria No. 58 celebrada por el Concejo Municipal de San José el 5 de junio de 2007, que indica: “POR TANTO: Se autoriza a la Administración a elaborar documentos presupuestarios que contengan movimientos en las partidas de transferencias corrientes y de capital, intereses y amortización de la deuda, cuentas especiales (fondos sin asignación presupuestaria) movimientos entre proyectos y programas (incluso eliminación y creación de obras) y remuneraciones con sus respectivas cargas sociales siempre que no involucren la creación de plazas fijas o por sueldos especiales, así como reasignaciones y/o transformaciones de plazas”. En primer lugar, es importante tener presente que el reglamento en cuestión fue dictado por esta Contraloría General, en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, y fue dirigido a todas las instituciones y órganos cuyos presupuestos deben presentarse para su aprobación -incluyendo las municipalidades-. También es importante aclarar, que en ese reglamento se abre la posibilidad de del ...
Fecha publicación: 17/09/2007
Fecha emisión: 14/09/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07186 04 de julio de 2007 DAGJ-0759-2007 Licenciado Marco Vargas Serrano Director MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio en relación con la posibilidad de que ese gobierno local pueda a través de un procedimiento interno trasladar a los fondos institucionales, los dineros depositados en la Tesorería Municipal por concepto de Garantías de Participación y de Cumplimiento que no han sido retiradas por sus garantes. Se refiere este Despacho a su oficio No.245-DCA-07, de fecha 15 de junio del año en curso, recibido en esta Contraloría General, el 18 de junio, por medio del cual solicita nuestro criterio en relación con la posibilidad de que ese gobierno local pueda a través de un procedimiento interno establecer que los dineros depositados en la Tesorería Municipal por concepto de Garantías de Participación y de Cumplimiento que no han sido retiradas por sus garantes y que se encuentran vencidos, puedan ser trasladados a los fondos institucionales. I. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-). Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su ...
Fecha publicación: 12/07/2007
Fecha emisión: 04/07/2007
Documento: 07186-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area de servicios municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area de servicios municipales Ing. Johnny Araya M. -2- 15 de mayo, 2007 Al contestar refiérase al oficio No. 04960 15 de mayo, 2007 FOE-SM-0940 Ingeniero Johnny Araya Monge Alcalde MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Estimado señor: Asunto: Reconocimiento de más de 30 anualidades a funcionarios municipales cuando así se dispone en una norma de la convención colectiva vigente. Se atiende su oficio No. 3427 del 24 de abril del año en curso, mediante el cual solicita se le autorice realizar los ajustes presupuestarios con tal de proceder a incorporar los recursos necesarios para el pago de anualidades a aquellos trabajadores que superan los 30 años de servicio. Al respecto, cabe indicar que efectivamente la Contraloría General de la República cambió su línea de interpretación en relación con el límite para reconocer anualidades, cuando así se haya establecido en forma expresa en instrumentos colectivos de trabajo debidamente suscritos y legalizados. Se advierte que el reconocimiento procede siempre y cuando se trate del personal municipal que está protegido por la convención colectiva; para los efectos del caso se recuerda que la Sala Constitucional en las Conclusiones del voto 4453-2000 fue muy clara en indicar: “[...]. Y por último, según lo que ha expresado en su informe la Procuraduría General de la República, que esta Sala también acoge, el personal que se desempeña en las Municipalidades del país, está limitado para la negociación colectiva, en los términos de esta sentencia, pues, salvo prueba en contrario, se trata de servidores públicos, regidos por la relación de empleo público” y en el inciso a) del Por Tanto indicó que: “... son inconstitucionales las convenciones colectivas reguladas por los artículos 54 y siguientes del Código de Trabajo que se celebran en el sector público, cuando se trata de personal regido por ...
Fecha publicación: 20/05/2007
Fecha emisión: 15/05/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES Y APROBACIONES SOBRE OTROS ASUNTOS PRESUPUESTARIOS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA Área de Servicios Municipales Lic. José Luis Guzmán J. -3- 15 de mayo, 2007 Al contestar refiérase al oficio No. 04962 15 de mayo, 2007 FOE-SM-0941 Licenciado José Luis Guzmán Jiménez Auditor Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Apartado postal 5102-1000 San José Estimado señor: Asunto: Consulta si funcionarios municipales (incluso jefaturas) pueden ser miembros de la comisión de festejos populares. Se atiende la consulta que plantea en el oficio No. AI-348-07 del 18 de abril del año en curso, en punto a “si es factible legalmente, que el nombramiento de cuatro de los integrantes de las comisiones de festejos populares, recaiga en jefaturas y funcionarios administrativos [...]”, indica que es importante que se determine si existe alguna incompatibilidad para ejercer simultáneamente los puestos de funcionario municipal con el de integrante de la comisión de festejos populares. En primer término, cabe señalar que se aprecia que definir si legalmente procede que funcionarios municipales puedan ser nombrados en las comisiones de festejos populares (se sabe que es el caso concreto de la Municipalidad de San José) no es un tema de la competencia del órgano contralor, siendo del ámbito de la Procuraduría General de la República como órgano asesor técnico jurídico de la Administración Pública; a manera de ejemplo, en el pasado el órgano procurador se pronunció sobre el tema de las comisiones de festejos, entre otros, en los dictámenes C-073-96 y C-304-2000, en este último, resolvió la consulta de si por el carácter y condiciones de personas con algún grado de parentesco con los miembros del Concejo podían ser funcionarios de la Comisión de Festejos de San José. No obstante lo anterior como opinión no vinculante se externan algunos comentarios. En el inciso d) del artículo 31 del Código Municipal se establece la prohibició ...
Fecha publicación: 20/05/2007
Fecha emisión: 15/05/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS EXTERNAS


PAGE 2 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03275 28 de marzo, 2007 DCA-1112 Ingeniero Johnny Araya Monge Alcalde Municipal Municipalidad de San José Contiguo al Mercado de Mayoreo Estimado señor: Asunto: Consulta con respecto a la aplicación del artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana en la construcción de obras públicas cuando los terrenos no se encuentran registralmente inscritos a nombre de esa municipalidad. Damos respuesta a su oficio No. 1311 del 14 de febrero del año en curso, mediante el cual plantea nuevamente a esta Contraloría General una consulta formulada por esa Alcaldía mediante el oficio No. 7989 del 13 de setiembre del 2006, y que fue rechazada de plano mediante el oficio No. 14407 del 10 de octubre del 2006 por incumplir con los requisitos formales establecidos para este tipo de gestiones. En dicho oficio No.7989-2006, esa Municipalidad manifiesta lo siguiente: “...la consulta que deseamos evacuar gira en torno a si en el futuro, en casos donde se pretenda construir alguna obra pública por parte de esta Institución, ya sea por iniciativa privada o a cargo de la propia Municipalidad, y esta se vaya a ejecutar en terrenos que no se encuentran registralmente inscritos a nuestro nombre, ese despacho les pueda dar trámite aplicando lo que sobre el particular enuncia el artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana, en el tanto acreditemos el dominio y uso municipal sobre el terreno de que se trate y conste así en el mapa oficial.” I. Antecedentes de la consulta: Nos indica que en el pasado esa Municipalidad ha enviado a refrendar contratos para la ejecución de obras públicas en terrenos que aunque no están registralmente inscritos a nombre del gobierno municipal, el dominio y uso sobre los mismos si es de la entidad local. Que el artículo 44 de la Ley de Planificación Urbana, señala en lo conducente: “El dominio municipal sobre las áreas de calles, plazas, jardines, parques u ...
Fecha publicación: 01/04/2007
Fecha emisión: 16/03/2007
Documento: 03275-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 03169 26 de marzo de 2007 DAGJ-0318-2007 Ingeniero Johnny Araya Monge Alcalde MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ Telefax: 222-32-10 Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio en relación con el proceso de Transformación Organizacional que se está llevando a cabo en la Municipalidad de San José. Se refiere este Despacho a su oficio No.2325, fecha 09 de marzo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 16 de marzo de los corrientes, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor en relación con el proceso de Transformación Organizacional que se está llevando a cabo en la Municipalidad de San José. Criterio del Despacho Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7424 del 07 de setiembre del 1994, esta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos “Administración Activa” Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad. En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a esta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de este órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate. En vista de que la consulta formulada excede el ámbito de competencias de este órgano contralor, por ser un asunto de materia laboral que le compete atender a dicho gobierno local, nos abstendremos de emitir criterio alguno y proce ...
Fecha publicación: 31/03/2007
Fecha emisión: 26/03/2007
Documento: 03169-2007.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA